Operaciones Activas
Los bancos actuando como acreedores conceden, a sus clientes, sumas de dinero, cobrando un interés.
Préstamos
Concepto
Cesión de una determinada suma de dinero
Regulada por ciertas condiciones: plazo de devolución y tipo de interés.
Cuya devolución puede o no estar garantizada
Otros Conceptos:
- Crédito: transacción que implica una transferencia de dinero que debe devolverse transcurrido cierto tiempo. El que transfiere el dinero es el acreedor y el que lo recibe el deudor.
- Crédito Bancario: los que conceden los bancos, entre los que se incluyen los préstamos.Los bancos cumplen la función de transferir el ahorro de un agente económico a otro que no tiene suficiente dinero para realizar las actividades económicas que desea.Es una Transferencia temporal: tiene un precio, llamado interés.
- Contrato de Cuenta Corriente: cuando la entidad financiera se obliga a poner a disposición del cliente un monto determinado y a un plazo prefijado, percibiéndose periódicamente los intereses sobre las cantidades de movimientos que se reflejarán en una cuenta corriente.La diferencia: entre operaciones de préstamos y créditos en cuenta corriente es que, en la 1ª la entrega de dinero es simultánea a la firma del contrato, y en la 2ª se compromete la entrega de dinero hasta un límite máximo.
Contrato de Préstamo
Aquel en el cual la entidad financiera entrega al cliente una suma de dinero, obligándose éste a restituir dicha cantidad más los intereses, al cabo de un plazo establecido.
Caracteres del Contrato
- Nominado
- Consensual
- Conmutativo
- Bilateral
- Oneroso: intereses
- No Formal
- De ejecución diferida o sucesiva
- Principal
Descuentos
Concepto
Es una operación por la cual
una entidad financiera,
antes del vencimiento de un documento
a cambio de la cesión de sus derechos,
adelanta al beneficiario un importe menos una quita.
Son descontables: pagarés, letras de cambio, letras de tesorería, cupones, warrants, cheques, debentures, títulos públicos, etc.
Contrato de Descuento
contrato por el cual
una de las partes (banco como entidad descontante)
se obliga con la otra (descontado)
a pagarle el importe de un crédito pecuniario que posee contra un 3º,
antes de que haya vencido,
a cambio de su cesión.




No hay comentarios.:
Publicar un comentario